DIRECTORIO GENERAL
Sobre la vida espiritual de los presbíteros y diáconos y la formación espiritual de los seminaristas
DICASTERIUM PRO CLERICIS
MMXXVI
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INTRODUÇÃO
LA PRIMACÍA DE LA VIDA ESPIRITUAL
1. La vida espiritual constituye el principio vital del ministerio ordenado.
2. Sin la unión constante con Dios, el ejercicio de las funciones pastorales pierde su eficacia sobrenatural y se reduce a una mera actividad humana.
3. Por ello, la Iglesia insiste en la necesidad de que los ministros sagrados sean, ante todo, hombres de Dios, profundamente enraizados en la oración y en la vida sacramental.
CAPÍTULO I
LA VIDA ESPIRITUAL DE LOS MINISTROS ORDENADOS
Art. 1 — Naturaleza de la espiritualidad clerical
4. La espiritualidad de los ministros ordenados deriva de su configuración con Cristo, Sumo y Eterno Sacerdote.
5. Esta espiritualidad es esencialmente:
- cristocéntrica
- eclesial
- sacramental
- pastoral
Art. 2 — Finalidad
6. La vida espiritual tiene como finalidad:
- la santificación personal del ministro
- la fecundidad del ministerio
- la edificación del Cuerpo de Cristo
CAPÍTULO II
LA VIDA DE ORACIÓN DE LOS PRESBÍTEROS Y DIÁCONOS
Art. 3 — Centralidad de la oración
7. La oración es el fundamento de toda la vida espiritual del clero.
8. Los ministros ordenados deben dedicar diariamente tiempos adecuados a la oración personal y comunitaria.
Art. 4 — Liturgia de las Horas
9. La Liturgia de las Horas constituye la oración oficial de la Iglesia.
10. Los presbíteros y diáconos están obligados a rezarla fielmente, conforme al Código de Derecho Canónico.
11. Esta oración santifica el tiempo y une al ministro con la oración universal de la Iglesia.
CAPÍTULO III
LA VIDA SACRAMENTAL
Art. 5 — Eucaristía
12. La celebración diaria de la Eucaristía debe ser el centro de la vida espiritual del sacerdote.
13. Los diáconos participan de este misterio con devoción, ejerciendo su ministerio con dignidad.
Art. 6 — Penitencia
14. Se recomienda vivamente la confesión frecuente.
15. El ministro debe ser no sólo dispensador, sino también fiel penitente.
CAPÍTULO IV
LA DEVOCIÓN Y LAS PRÁCTICAS ESPIRITUALES
Art. 7 — Devoción mariana
16. La devoción a la Santísima Virgen María ocupa un lugar especial en la vida espiritual de los ministros.
17. Se recomienda la recitación diaria del Santo Rosario.
Art. 8 — Otras prácticas
18. Entre las prácticas espirituales recomendadas se destacan:
- adoración eucarística
- meditación de la Sagrada Escritura
- lectura espiritual
- retiros espirituales
CAPÍTULO V
LA VIDA FRATERNA Y COMUNITARIA
Art. 9 — Comunión presbiteral
19. Los presbíteros están llamados a vivir en comunión con el obispo y entre sí.
20. La fraternidad sacerdotal fortalece la vida espiritual y el ministerio.
Art. 10 — Testimonio
21. La vida del ministro debe ser un testimonio visible de santidad.
CAPÍTULO VI
LA FORMACIÓN ESPIRITUAL DE LOS SEMINARISTAS
Art. 11 — Naturaleza de la formación
22. La formación en el seminario debe integrar:
- dimensión humana
- espiritual
- intelectual
- pastoral
Art. 12 — Primacía de la formación espiritual
23. La formación espiritual constituye el núcleo de la preparación sacerdotal.
24. El seminarista debe aprender a vivir en constante unión con Dios.
CAPÍTULO VII
LA VIDA DE ORACIÓN EN EL SEMINARIO
Art. 13 — Disciplina espiritual
25. Los seminaristas deben participar fielmente en:
- la Eucaristía diaria
- la Liturgia de las Horas
- la oración comunitaria
Art. 14 — Oración personal
26. Se debe promover el cultivo de la oración personal silenciosa.
CAPÍTULO VIII
EL ACOMPAÑAMIENTO ESPIRITUAL
Art. 15 — Dirección espiritual
27. Cada seminarista debe tener un director espiritual.
28. La dirección espiritual es un medio privilegiado de crecimiento vocacional.
CAPÍTULO IX
DESAFÍOS CONTEMPORÁNEOS
Art. 16 — Riesgos actuales
29. Entre los principales desafíos se encuentran:
- el activismo pastoral
- la superficialidad espiritual
- las distracciones del mundo moderno
Art. 17 — Respuesta espiritual
30. Estos desafíos deben afrontarse con:
- disciplina espiritual
- vida de oración
- acompañamiento adecuado
CAPÍTULO X
ORIENTACIONES PASTORALES
Art. 18 — Recomendaciones a los ministros
31. Se recomienda a los ministros ordenados:
- fidelidad a la oración diaria
- celebración digna de los sacramentos
- vida espiritual intensa
Art. 19 — Recomendaciones a los seminarios
32. Los seminarios deben garantizar una sólida formación espiritual.
CONCLUSIÓN
33. La vida espiritual es el fundamento indispensable del ministerio ordenado.
34. Los ministros que permanecen unidos a Dios se convierten en instrumentos eficaces de la gracia divina.
35. Se exhorta, por tanto, a todos los presbíteros, diáconos y seminaristas a cultivar con fidelidad la vida espiritual, para que puedan servir con fruto al Pueblo de Dios.
Dado en la Sede de las Oficinas del Dicasterio para el Clero,
a los 22 días del mes de abril del año 2026.
† Lucas Henrique Lorscheider EP-M
Præfectus
† Miguel Bordin
Secretarius
