Este site não pertence à Igreja Católica na realidade. Somos uma representação dela em um jogo virtual conhecido como Minecraft.

SÍNODO PARA A COMUNHÃO DOS POVOS: P/ QUE TODOS SEJAM UM!

Regimento Interno | Pontifício Conselho para a Igreja Hispanohablante


R E G I M I E N T U M

PONTIFICIVM CONSILIVM 
PRO ECCLESIA HISPANICAM

MMXXV

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INTRODUCCIÓN

1. Este  Pontificio  Consejo para la Iglesia Hispana , constituido en el marco de la Comunidad Católica de Minecraft y de acuerdo con el espíritu de comunidad, evangelización y servicio, asume que es indispensable contar con normas internas claras y precisas que regulen su naturaleza, misión, organización y funcionamiento.

2. Este Reglamento Interno establece la estructura orgánica del Consejo, define sus fines, competencias, órganos, cargos, obligaciones y procedimientos, así como las normas disciplinarias, administrativas y de convivencia que orientan su actividad pastoral, catequética, evangelizadora y comunitaria.

3. El Asimismo, regula la documentación oficial, los procesos de gobierno, la participación de sus miembros, los mecanismos de deliberación y decisión, y los criterios de transparencia, responsabilidad y comunicación fraterna, con el fin de garantizar la integridad doctrinal, la unidad institucional y el buen orden interno.

TÍTULO I
NATURALEZA, IDENTIDAD Y PROPÓSITO

Art 1. Este Consejo es un órgano oficial de la Comunidad Católica de Minecraft, de carácter pastoral, consultivo y administrativo, constituido para servir a los fieles españoles en el seno de la CCM, promoviendo la comunión eclesial, la evangelización, la formación doctrinal y la convivencia cristiana en el entorno digital.

Art. 2.  El Consejo se rige por los siguientes principios fundamentales:

I. Fidelidad a la doctrina y moral de la Iglesia Católica.
II . Servicio humilde a la comunidad, con espíritu de caridad y fraternidad.
III . Transparencia y responsabilidad en todas tus acciones.
IV . Respeto, orden y disciplina en el ejercicio de las funciones.
V. Unidad, comunión fraterna y comunión comunitaria entre sus miembros.

Art 3. Corresponde al Consejo:

I. Coordinar, acompañar y promover la vida pastoral, sacramental, catequética y evangelizadora del CCM en el mundo hispanohablante.
II . Fomentar la unidad, la comunidad y la fraternidad entre las comunidades y miembros de habla hispana.
III . Supervisar los roles, funciones y responsabilidades eclesiales y administrativas en la Iglesia de Habla Hispana.
IV . Gestionar los recursos institucionales, técnicos y organizativos necesarios para la misión del Consejo.
V. Promover la formación doctrinal, espiritual y catequética de los fieles.
VI . Velar por la convivencia fraterna, el orden y la disciplina comunitaria.

TÍTULO II
ESTRUCTURA ORGÁNICA Y GOBIERNO

Art. 4. El Consejo estará integrado por los siguientes órganos y cargos:

I. Presidente.
II. Secretario.
III. Subsecretario.
IV. Asesores.
VI. Miembros y Comisionados (según necesidades).

Art. 5. A la Presidencia:

I. La Presidencia es la autoridad suprema del Consejo.
II. Corresponde al Presidente representar al Consejo ante Su Santidad, la santa sede y otras instancias.
III. Presidir y convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias.
IV. Dictar lineamientos, disposiciones internas y resoluciones.
V. Garantizar la fidelidad doctrinal, la unidad de la comunidad y el buen funcionamiento institucional.
VI. Emitir voto de calidad en caso de empate.

Art. 6. A la Secretaría General:

I. Custodia de actas, documentos oficiales, comunicaciones y archivos institucionales.
II. Gestionar la correspondencia y difusión de circulares o comunicaciones.
III. Mantener registros de miembros, comisiones y funciones.
IV. Elaborar informes, propuestas y documentación necesaria para el buen gobierno interior.
V. Sustituir y representar al Presidente en caso de ausencia o vacante.

TÍTULO III
MIEMBROS, VOCACIÓN Y DISCIPLINA

Art. 7. Para ser miembro del Consejo, usted deberá:

I. Ser parte activa de la Comunidad Católica de Minecraft.
II. Plantear vocación de servicio, madurez cristiana y compromiso con la fe.
III. Aceptar y comprometerse formalmente a cumplir el presente Reglamento.
IV. Desempeñar con responsabilidad las funciones asignadas.

Art. 8. Los miembros deben:

I. Observar en todo momento la caridad, el respeto, la prudencia y la fraternidad cristiana.
II. Cumplir fielmente con sus deberes y responsabilidades.
III. Mantener la confidencialidad sobre asuntos internos sensibles.
IV. Abstenerse de cualquier conducta que sea contraria a los valores de la Iglesia y de la comunidad.
V. Contribuir al fortalecimiento de la unidad, de la comunidad y del testimonio cristiano.

Art. 9. En caso de incumplimiento, el Consejo podrá aplicar: amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión temporal, destitución del cargo o exclusión según la gravedad y toda sanción deberá ser precedida de un proceso justo, con derecho a defensa, justificación y constancia documental.

TÍTULO IV
COMISIONES Y SUS FUNCIONES

Art. 10. La Comisión Doctrinal y Catequética, es responsable:

I. Revisar y aprobar los contenidos doctrinales, catequéticos y formativos difundidos en el CCM.
II. Organizar cursos, catequesis, estudios doctrinales, talleres de formación espiritual y apologética.
III. Garantizar el cumplimiento de la doctrina de la Iglesia.

Art. 11. La Comisión para la Evangelización y las Misiones, es responsable:

I. Coordinar campañas evangelizadoras, actividades misioneras, eventos de fe, oración y comunitarios.
II. Facilitar la asistencia pastoral y espiritual a los miembros de la Comunidad.

Art. 12. Lo Comité Administrativo y de Relaciones Internas, es responsable:

I. Administrar los recursos técnicos, administrativos y organizativos del CCM asignados al Consejo.
II. Mantener comunicación con las autoridades generales del CCM.

Art. 13. Lo Comité de Moderación y Buen Orden, es responsable:

I. Garantizar la disciplina, el respeto mutuo y la convivencia fraterna entre los miembros.
II. Abordar conflictos internos, ausencias o situaciones desordenadas.
III. Solicitar la aplicación de medidas correctivas de conformidad con el presente Reglamento.
IV. Promover la cordialidad, la caridad y el buen testimonio cristiano.

TÍTULO V
COLABORACIÓN CON OTROS ORGANISMOS

Art. 14. Corresponde a este Consejo la estrecha colaboración con los demás organismos de la Curia Romana y de la Iglesia en general, especialmente con los siguientes:

I. Nunciatura Apostólica;
II. Secretaría de Estado;
III. Dicasterio para la Cultura y la Educación;
IV. Dicasterio para la Evangelización.

Art 15. Es de gran importancia promover la colaboración con los demás organismos de la Curia Romana, apoyar a las diversas Diócesis y Arquidiócesis de Habla Hispana -cuando lo soliciten-, a las conferencias episcopales, instituciones de vida consagrada y a todo aquel que asiste a este consejo solicitando su orientación y asistencia.

TÍTULO VI
OPERACIÓN, REUNIONES Y ADMINISTRACIÓN

Art. 16. Las Reuniones:

I. Las reuniones ordinarias se celebrarán por lo menos una vez al mes.
II. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas por decisión de la Presidencia o a solicitud de al menos una de las comisiones.
III. Las decisiones ordinarias se adoptarán por mayoría simple; las reformas al presente Reglamento o asuntos graves que requieran mayoría cualificada (de los tercios de los miembros con derecho a voto).

Art. 17. La Documentación y archivo institucional:

I. La Secretaría General conservará actas, registros, documentación oficial y correspondencia.
II. Los documentos institucionales se mantendrán en orden, integridad y transparencia.
IIILos documentos aprobados por este Consejo se difundirán por los canales adecuados, luego de su revisión y autorización.

TÍTULO VII
REFORMAS, ENTRADA EN VIGOR Y DISPOSICIONES FINALES

Art. 18.  Las Reformas al Reglamento:

I. Las reformas podrán ser propuestas por la Presidencia o al menos por las comisiones en conjunto.
II. Para su aprobación se requiere mayoría calificada (de los tercios de los miembros con derecho a voto).
III. Las reformas entrarán en vigor inmediatamente después de su aprobación oficial.

Art. 19.  El presente Reglamento entra en vigor desde el momento de su promulgación por la Presidencia del Consejo y su publicación oficial ante la Comunidad Católica de Minecraft.

Art. 20. Para todo asunto no previsto en este Reglamento, corresponderá a la Presidencia resolverlo, pudiendo consultar a la Asamblea Plenaria del Consejo o si lo considera conveniente a Su Santidad.

CONCLUSIÓN

4. Una vez aprobado y promulgado, el presente Reglamento Interno entra en vigor y obliga a todos los miembros del Consejo, quienes deberán observar sus disposiciones con lealtad, responsabilidad y espíritu de servicio.

5. Su cumplimiento garantiza que la misión del Consejo – evangelización, formación, comunidad y convivencia cristiana –  se desarrolle con orden, transparencia y según los principios que la inspiran, contribuyendo así a la buena convivencia de la Comunidad Católica de Minecraft.

6. Los casos imprevistos tendrán los resultados establecidos en este Reglamento, privilegiando siempre la prudencia, la caridad, la justicia y el bien común.

7. Con este Reglamento, este Consejo reafirma su compromiso de servir con humildad, fraternidad y lealtad a su vocación cristiana, confiando en la gracia divina para llevar adelante su misión.

8.  Invocamos, sobre todo lector de este documento, la poderosa intercesión de María Santísima,  Madre de la Iglesia y dulce Auxilio de los cristianos,  para que su apoyo maternal permanezca siempre fiel a la misión,  constante en la caridad y firme en la verdad que Cristo ha confiado a su Iglesia.  A Ella, Nuestra Señora del Pilar Patrona de la Hispanidad y pilar segura de la fe, encomendamos este Pontificio Consejo para todos los que sirven en él.
para que tu fuerza sostenga nuestro trabajo, tu luz ilumine nuestras decisiones y tu ejemplo de entrega total inspire nuestro servicio a la comunidad.

Dado en la sede del Pontificio Consejo para la Iglesia Hispana,
a los 29 días del mes de noviembre del año 2025.



Zuriel Arizmendi, O. de M.
Praeses